ARTÍCULO 119. Para ser Secretario/a General del Ayuntamiento se requiere:
Párrafo reformado y publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 30 de Septiembre de 2013
I.- Ser mexicano/a por nacimiento y ciudadano quintanarroense, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
Fracción reformada y publicada en el Periódico Oficial del Estado el día 30 de Septiembre de 2013
II.- Tener como mínimo, veinticinco años cumplidos, el día de la designación.
III.- Contar con residencia y vecindad en el Municipio, no menor a cinco años anteriores a la designación.
IV.- Tener experiencia académica o administrativa necesaria, así como reconocida honestidad a juicio del Ayuntamiento.
V.- No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto religioso.
VI.- No haber sido sentenciado por delito intencional, ni sometido a juicio de responsabilidad como servidor público; y
V.- No estar impedido, conforme a las disposiciones contenidas en la presente Ley y disposiciones aplicables.