Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 12

TÍTULO SEGUNDO DE LA DIVISIÓN TERRITORIAL, ADMINISTRATIVA Y POLÍTICA · CAPÍTULO I DE LA DIVISIÓN TERRITORIAL

ARTÍCULO 12. El Estado de Quintana Roo, se integra con los siguientes Municipios: Othón P. Blanco, Felipe Carrillo Puerto, José María Morelos, Cozumel, Lázaro Cárdenas, Benito Juárez, Isla Mujeres, Solidaridad, Tulum, Bacalar y Puerto Morelos.

La extensión, límites y cabecera de cada Municipio, serán los señalados en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.

Artículo reformado y publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 15 de Enero de 2016

Última reforma de esta ley incorporada: 12 de mayo de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.