ARTÍCULO 221. El Bando de Policía y Gobierno, los Reglamentos, Circulares y demás
Disposiciones de observancia general deberán contener las normas que requiera el régimen gubernamental y administrativo del Municipio, cuyos principios normativos corresponderán a la identidad de los mandatos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Constitución Política del Estado de Quintana Roo.
El Bando de Policía y Gobierno, Reglamentos, Circulares y Disposiciones Administrativas de observancia general, para ser válidos, deberán ser aprobados por mayoría simple del Ayuntamiento y publicados en el periódico Oficial del Gobierno del Estado.