Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 225

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 225. El Bando de Policía y Gobierno, los Reglamentos, Circulares y demás

Disposiciones Administrativas, deberán contener las disposiciones generales, los objetivos que se persiguen y los sujetos a quienes se dirige la regulación; la manera como se organizarán y administrarán los ramos respectivos; la clasificación de las faltas y los tipos de sanciones administrativas; las atribuciones y deberes de las autoridades municipales; y en general, todos aquellos aspectos formales o procedimientos que permitan la aplicación a los casos particulares y concretos de los principios normativos contenidos en la presente y en las demás leyes, cuando confieran funciones específicas a los Municipios.

Última reforma de esta ley incorporada: 12 de mayo de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

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