Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa · Sinaloa

Artículo 11

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 11. Los municipios se dividirán en sindicaturas y éstas en comisarías, cuya extensión y límites los determinarán los Ayuntamientos con la ratificación del Congreso del Estado.

Última reforma de esta ley incorporada: 21 de junio de 2013. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosinaloa.gob.mx.

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