Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 10

TITULO PRIMERO DEL MUNICIPIO · CAPITULO III De los Habitantes de los Municipios

ARTICULO 10. Adquieren la calidad de habitantes del municipio, los avecindados en él con una residencia efectiva de más de seis meses.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.