Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 11

TITULO PRIMERO DEL MUNICIPIO · CAPITULO III De los Habitantes de los Municipios

ARTICULO 11. Los ciudadanos del municipio tendrán las obligaciones y prerrogativas que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado.

(ARTÍCULO ADICIONADO EN EL P.O. DEL EDO. DEL 08 DE ABRIL DE 2025)

ART Í CULO 11 BIS. La ciudadanía acceder á́ a políticas públicas con perspectiva de género, con la finalidad de que se garantice la igualdad entre mujeres y hombres, as í como la inclusión social. Además de recibir de manera oportuna, permanente y constante una atención integral con perspectiva de género a través de las áreas competentes.

(PARRAFO ADICIONADO EN EL P.O. DEL EDO. EL 8 DE ABRIL DE 2025)

Las autoridades municipales tendrán la responsabilidad de implementar políticas públicas para mejorar la situación y condición de las mujeres, y que sean libres de cualquier tipo de violencia.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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