ARTICULO 67 . Los convenios aprobados por el Congreso del Estado en los que se fijen los límites de los municipios y las resoluciones dictadas en los casos de diferencia, serán publicados en el Periódico Oficial del Estado.
Artículo 67
TITULO CUARTO DE LA FORMACION, FUSION Y SUPRESION · CAPITULO V De la Fijación de Límites Municipales
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
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