Artículo 112.- Las empresas de participación municipal mayoritaria y los fideicomisos públicos, además de lo establecido en la autorización del Ayuntamiento para su creación, se sujetarán a lo que señalen las leyes sobre la materia.
Artículo 112
TITULO TERCERO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA MUNICIPAL · CAPITULO TERCERO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PARAMUNICIPAL
Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2001. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: normas.cndh.org.mx.
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