Artículo 135.- Una vez realizado el proyecto de programa anual de gasto, se comunicará a las dependencias sus respectivas estimaciones de techos financieros, conjuntamente con los lineamientos generales que se establezcan para la formulación del proyecto del Presupuesto de Egresos.
Artículo 135
TITULO CUARTO DE LA PLANEACION, PROGRAMACION · CAPITULO TERCERO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS
Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2001. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: normas.cndh.org.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.