Artículo 140.- Los importes presupuestales de egresos incluidos en el citado proyecto deberán ser ajustados al monto total que contenga la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Ayuntamiento que apruebe el Congreso del Estado, para el mismo ejercicio fiscal.
Artículo 140
TITULO CUARTO DE LA PLANEACION, PROGRAMACION · CAPITULO TERCERO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS
Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2001. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: normas.cndh.org.mx.
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