Ley de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Sonora · Sonora

Artículo 151

TITULO CUARTO DE LA PLANEACION, PROGRAMACION · CAPITULO CUARTO DEL EJERCICIO DEL GASTO

Artículo 151.- Toda erogación o ejercicio presupuestario, deberá contar con saldo suficiente en las partidas del presupuesto respectivo y se sujetará a los requisitos que establezcan las disposiciones correspondientes.

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2001. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: normas.cndh.org.mx.

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