Artículo 35.- Los miembros del Ayuntamiento entrante, rendirán protesta ante el Ayuntamiento saliente, en su defecto, ante el Ejecutivo del Estado, o, a falta de éste último, ante un representante del Congreso del Estado, en los siguientes términos:
"Protesto cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la del Estado de Sonora y las leyes que de ellas emanen y, desempeñar leal y patrióticamente el cargo de ……., mirando en todo por el bien y prosperidad de la Nación, del Estado y del Municipio".