Código Municipal para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 185

TÍTULO CUARTO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y DESARROLLO MUNICIPAL · CAPÍTULO II DE LA PLANEACIÓN MUNICIPAL

ARTÍCULO 185.- Los planes y programas a que se refiere el artículo anterior especificarán las acciones que serán objeto de coordinación con los Gobiernos Estatal y Federal, así como de inducción o concertación con los sectores social y privado interesados. También indicarán las acciones que se requieren para el cumplimiento de los objetivos de largo plazo previstos conforme a los principios de planeación estratégica.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: po.tamaulipas.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.