Código Municipal para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 259

TÍTULO QUINTO DE LAS RELACIONES LABORALES · CAPÍTULO X DE LA HUELGA

ARTÍCULO 259.- Si el Tribunal resuelve que la huelga es ilegal, quedarán cesados por este sólo hecho, sin responsabilidad para el Municipio, los trabajadores que hubieren suspendidos sus labores.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: po.tamaulipas.gob.mx.

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