Código Municipal para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 298

TÍTULO SEXTO DEL ARCHIVO GENERAL DEL MUNICIPIO · CAPÍTULO II DE SU PATRIMONIO DOCUMENTAL

ARTÍCULO 298.- En todo caso, la clasificación y catalogación del Archivo General del Municipio permitirá distinguir:

I.- Los acervos de transferencia y concentración, constituidos con los documentos generados por la Administración Municipal cuyo trámite haya concluido o se encuentre interrumpido sin justificación ni causa bastante por más de 6 meses, pero que por la naturaleza del contenido de su información sean susceptibles de ser consultados ocasionalmente por algún órgano o dependencia municipal, y toda la información clasificada de oficio expresamente por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas.

II.- Los acervos con valor histórico, integrados con documentos cuya antigüedad sea mayor de treinta años y su contenido informativo sea de tal trascendencia que merezcan ser preservados.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: po.tamaulipas.gob.mx.

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