ARTÍCULO 311.- El Archivo General del Municipio podrá formar parte del sistema estatal o nacional de archivos, en los términos de los convenios celebrados por el Ayuntamiento, con base en la legislación aplicable en la materia y lo dispuesto en los Reglamentos Municipales.
Artículo 311
TÍTULO SEXTO DEL ARCHIVO GENERAL DEL MUNICIPIO · CAPÍTULO III DE SU ORGANIZACION Y FUNCIONES
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: po.tamaulipas.gob.mx.
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