Ley Municipal del Estado de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 150

TITULO SEPTIMO De los Organismos de Participación Ciudadana

Artículo 150. Las comisiones o comités para el suministro de agua potable que existan en los municipios se considerarán como organismos públicos descentralizados y sujetos a lo establecido por esta ley.

Última reforma de esta ley incorporada: 13 de abril de 2007. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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