Ley Municipal del Estado de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 159

TITULO OCTAVO De los Organismos Coordinados

Artículo 159. Las determinaciones que dicten las autoridades municipales en materia administrativa podrán ser recurridas por los particulares a través de los medios que establezca la Ley del Procedimiento Administrativo.

Última reforma de esta ley incorporada: 13 de abril de 2007. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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