Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas · Zacatecas
Artículo 16
TÍTULO PRIMERO MUNICIPIO LIBRE Capítulo I
Artículo 16
Instituida que sea una Congregación Municipal y determinado el Municipio al que deba pertenecer, el Ayuntamiento de éste expedirá el reglamento que regirá la organización y funcionamiento de la Congregación.
Presupuesto de las congregaciones
Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.
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