Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 240

TÍTULO DÉCIMO DISPOSICIONES DE SUPLETORIEDAD

Artículo 240

El Cabildo puede estructurar el Reglamento Interior del Ayuntamiento conforme las siguientes bases normativas: I. Fundamento y Objeto del Reglamento;

II. Residencia del Ayuntamiento;

III. Procedimiento de instalación del Ayuntamiento;

IV. Sesiones de Cabildo;

V. Funciones de Autoridades Municipales;

VI. Comisiones del Ayuntamiento: a) Forma en la que se somete un asunto para resolución; b) Votaciones, proporción de votos necesaria para aprobar una resolución; c) Revocación de acuerdos;

VII. Procedimiento para la elaboración del Bando y Reglamentos Municipales: a) Iniciativa; b) Discusión; c) Consulta popular; d) Dictamen; e) Aprobación; f) Publicación; g) Difusión en la Gaceta Municipal; VIII. Circulares y disposiciones administrativas: a) Casos en los que se expiden; y b) Formalidades.

Reglamento de Administración Municipal

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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