Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 244

TÍTULO DÉCIMO

Artículo 244

Para facilitar la convivencia vecinal existirán juzgados comunitarios cuya organización y vigilancia corresponde a los ayuntamientos, en los términos que disponga la Ley de Justicia Comunitaria del Estado.

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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