Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 29

TÍTULO PRIMERO MUNICIPIO LIBRE Capítulo I

Artículo 29

Se presume el propósito de establecerse en el Municipio, después de seis meses de residir en su territorio, pero el que no quiera que se dé tal presunción deberá declararlo así ante el titular de la Secretaría de Gobierno Municipal que corresponda.

Derechos y obligaciones de los habitantes

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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