Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Federal

Artículo 110

TÍTULO SEXTO Del Órgano de Administración Judicial · CAPÍTULO II Órganos Auxiliares

Artículo 110.

La Dirección General de Investigación será competente para investigar la presunta comisión de faltas administrativas por parte del personal que desempeña labores administrativas en el Poder Judicial de la Federación y será considerada autoridad investigadora en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Última reforma de esta ley incorporada: 28 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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