Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Federal

Artículo 109

TÍTULO SEXTO Del Órgano de Administración Judicial · CAPÍTULO II Órganos Auxiliares

Artículo 109.

La Dirección General de Auditoría de la Contraloría tendrá como propósito inspeccionar y verificar el cumplimiento de las normas de funcionamiento administrativo y operativo de los órganos del Poder Judicial Federal que confiere la ley al Órgano de Administración Judicial.

La realización de auditorías tendrá como finalidad facilitar al Órgano de Administración Judicial la evaluación del desempeño de sus órganos auxiliares y jurisdiccionales.

Las funciones, atribuciones y lineamientos de actuación de la Dirección General de Auditoría se determinarán por el Pleno del Órgano mediante reglamentos y acuerdos generales, sin perjuicio de las facultades conferidas al Tribunal de Disciplina Judicial en materia de vigilancia y disciplina.

Última reforma de esta ley incorporada: 28 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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