Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa · Federal

Artículo 58

TÍTULO TERCERO DEL PERSONAL DEL TRIBUNAL

Artículo 58. Corresponde a los Secretarios de Acuerdos de la Sala Superior:

I. Auxiliar al Magistrado al que estén adscritos en la formulación de los proyectos de resoluciones que les encomienden;

II. Autorizar con su firma las actuaciones del Magistrado ponente;

III. Efectuar las diligencias que les encomiende el Magistrado al que estén adscritos cuando éstas deban practicarse fuera del local de la Sala Superior;

IV. Dar fe y expedir certificados de las constancias que obren en los expedientes de la Ponencia a la que estén adscritos;

V. Digitalizar la documentación y actuaciones que se requiera incorporar a un expediente tramitado en línea, así como imprimir y certificar las constancias de los expedientes electrónicos de la Ponencia a la que estén adscritos y las reproducciones en medios electrónicos de dichas actuaciones, y

VI. Desempeñar las demás atribuciones que las disposiciones aplicables les confieran.

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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