Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes · Aguascalientes

Artículo 10

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO III Las Autoridades Competentes

Artículo 10.- El Tribunal de Justicia Administrativa, además de las facultades y atribuciones conferidas en la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Aguascalientes y demás normatividad aplicable, estará facultado para resolver la imposición de sanciones por la comisión de faltas administrativas graves y de faltas de particulares, conforme a los procedimientos previstos en esta Ley.

(REFORMADO, P.O. 13 DE MAYO DE 2024)

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresoags.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.