Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 87

TÍTULO CUARTO · CAPÍTULO IV DE LAS DISPOSICIONES COMUNES PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONESPOR FALTAS

Artículo 87. El efecto del beneficio referido en el artículo anterior consiste en la reducción de la sanción, que va desde el cincuenta al setenta por ciento del monto de las sanciones a imponer. En el supuesto de la inhabilitación temporal se reducirála sanción para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, por faltas de particulares.

Para la procedencia y aplicación del beneficio a que se refiere este artículo, deben cumplirse los siguientes requisitos:

I. Que no se haya notificado a ninguna de las personas señaladas como presuntas infractoras el inicio del procedimiento de responsabilidad administrativa;

II. Que la persona que pretende acogerse a este beneficio sea de entre los sujetos involucrados en la infracción, la primera en aportar los elementos de convicción suficientes que, a juicio de las autoridades competentes, permitan comprobar la existencia de la infracción y la responsabilidad de quien la cometió; 28

III. Que la persona que pretende acogerse al beneficio coopere en forma plena y continua con la autoridad competente que lleve a cabo la investigación y en su caso, con la que substancie y resuelva el procedimiento de responsabilidad administrativa, y;

IV. Que la persona interesada en obtener el beneficio suspenda, en elmomento en el que la autoridad se lo solicite, su participación en la infracción.

Además de los requisitos señalados anteriormente, las autoridades que conozcan del asunto deberán valorar la suficiencia de la confesión realizada.

Si la confesión ocurre una vez iniciado el procedimiento de responsabilidad administrativa a que se refiere esta Ley, se aplicará una reducción de hasta treinta por ciento del monto de la sanción aplicable y en su caso, una reducción de hasta el treinta por ciento del tiempo de inhabilitación que corresponda.

Última reforma de esta ley incorporada: 8 de julio de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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