Artículo 88. Durante el desarrollo de toda investigación las autoridadescompetentes serán responsables de:
I. Observar los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, congruencia, verdad material y respeto a los derechos humanos;
II. Realizar con oportunidad, exhaustividad y eficiencia la investigación, la integralidad de los datos y documentos, así como el resguardo del expediente en su conjunto;
III. Incorporar a sus investigaciones, las técnicas, tecnologías y métodos de investigación que observen las mejores prácticas internacionales, y;
IV. Cooperar con las autoridades nacionales, así como con las autoridades internacionales a efecto de fortalecer los procedimientos de investigación, compartir las mejores prácticas internacionales y combatirde manera efectiva la corrupción.