Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 88

TÍTULO PRIMERO DE LA INVESTIGACIÓN Y CALIFICACIÓNDE LAS FALTAS GRAVES Y NO GRAVES · CAPÍTULO I DEL INICIO DE LA INVESTIGACIÓN

Artículo 88. Durante el desarrollo de toda investigación las autoridadescompetentes serán responsables de:

I. Observar los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, congruencia, verdad material y respeto a los derechos humanos;

II. Realizar con oportunidad, exhaustividad y eficiencia la investigación, la integralidad de los datos y documentos, así como el resguardo del expediente en su conjunto;

III. Incorporar a sus investigaciones, las técnicas, tecnologías y métodos de investigación que observen las mejores prácticas internacionales, y;

IV. Cooperar con las autoridades nacionales, así como con las autoridades internacionales a efecto de fortalecer los procedimientos de investigación, compartir las mejores prácticas internacionales y combatirde manera efectiva la corrupción.

Última reforma de esta ley incorporada: 8 de julio de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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