Artículo 26. La versión pública de la declaración de intereses estará disponible al público y contendrá la siguiente información del declarante:
I. Información detallada sobre la participación en direcciones y consejos de administración, participación accionaria en sociedades; préstamos, créditos y obligaciones financieras; bienes inmuebles; y otros convenios, contratos y compromisos económicos y financieros que el declarante, ha desempeñado en los últimos cinco años, de los cuales hayan (sic) recibido o no una remuneración por esta participación;
II. Información detallada sobre la participación accionaria en sociedades del declarante, al día de la presentación de la declaración;
III. Información detallada de préstamos, créditos y obligaciones financieras del declarante, independientemente de la entidad con la que se tenga el compromiso financiero;
IV. Otros intereses económicos o financieros del declarante;
V. Información detallada sobre actividades profesionales y/o empresariales desempeñadas como persona física por el declarante; e,
VI. Información detallada sobre diversos tipos de intereses relacionados con actividades honorarias o sin fines de lucro tales como posiciones y cargos honorarias (sic); participación en consejos y actividades filantrópicas; viajes financiados por terceros; patrocinios y donativos; y donativos realizados, tanto (sic) del declarante.
El servidor público que así lo determine, podrá hacer pública la totalidad de su declaración de intereses. Los declarantes podrán incluir la información de sus cónyuges y dependientes económicos directos, siempre que cuenten con la autorización expresa del titular de la información.