Artículo 31. La Secretaría, así como los Órganos Internos de Control de los Órganos del Estado, según corresponda, serán responsables de inscribir y mantener actualizada en el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, la información correspondiente a los Servidores Públicos a su cargo. Asimismo, verificarán la situación o posible actualización de algún Conflicto de Interés, según la información proporcionada por el servidor público, llevarán el seguimiento de la evolución y la verificación de la situación patrimonial de dichos Servidores Públicos, en los términos de la presente
Ley. Para tales efectos, la Secretaría podrá firmar convenios con las distintas autoridades que tengan a su disposición datos, información o documentos que puedan servir para verificar la información declarada por los Servidores Públicos.
SECCIÓN SEGUNDA
SUJETOS OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN PATRIMONIAL Y DE
INTERESES