Artículo 53. Las conductas que constituyen Faltas administrativas graves de los Servidores Públicos serán las previstas en la Ley General. Capítulo III De los Actos de particulares vinculados con Faltas administrativas graves
Artículo 53
TÍTULO TERCERO
Última reforma de esta ley incorporada: 28 de febrero de 2024. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.