Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 20

TÍTULO SEGUNDO LOS MECANISMOS DE PREVENCIÓN E INSTRUMENTOS DE RENDICIÓN DE · CAPÍTULO I LOS MECANISMOS GENERALES DE PREVENCIÓN

Artículo 20. Convenios con el sector social o privado para autorregulación.

Los Entes Públicos podrán suscribir convenios de colaboración con las personas físicas o morales que participen en contrataciones públicas, así como con las cámaras empresariales u organizaciones industriales o de comercio, con la finalidad de orientarlas en el establecimiento de mecanismos de autorregulación que incluyan la instrumentación de controles internos y un programa de integridad que les permita asegurar el desarrollo de una cultura de la ética, honestidad y buenas prácticas en su organización.

(REFORMADO, P.O. 20 DE NOVIEMBRE DE 2025)

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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