Artículo 89. De la autonomía para el fincamiento de responsabilidad . El fincamiento de responsabilidad administrativa por la comisión de Faltas de Particulares se determinará de manera autónoma e independiente de la participación de un Servidor Público.
Las personas morales serán sancionadas por la comisión de Faltas de Particulares, con independencia de la responsabilidad a la que sean sujetas a este tipo de procedimientos las personas físicas que actúen a nombre o representación de la persona moral o en beneficio de ella.