Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 7

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES SUSTANTIVAS

ARTÍCULO 7º. Las autoridades del Estado y de los municipios concurrirán en el cumplimiento del objeto y de los objetivos de esta Ley.

El Sistema Estatal Anticorrupción establecerá las bases y principios de coordinación entre las autoridades competentes en la materia, en el Estado, y los municipios.

Última reforma de esta ley incorporada: 25 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.