Artículo 239.- Corresponde al Congreso del Estado sustanciar el procedimiento y resolver, en definitiva, y en única instancia, sobre la responsabilidad política de los servidores públicos sometidos a este tipo de juicio.
Artículo 239
TÍTULO SÉPTIMO RESPONSABILIDAD POLÍTICA · CAPITULO II PROCEDIMIENTO EN EL JUICIO POLÍTICO
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.
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