Artículo 9. El Tribunal, además de las facultades y atribuciones conferidas en su legislación orgánica y demás normatividad aplicable, estará facultado para resolver la imposición de sanciones por la comisión de faltas administrativas graves y faltas de particulares, conforme a los procedimientos previstos en la Ley General y en la presente Ley.
Artículo 9
TÍTULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO III De las Autoridades Competentes
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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