Artículo 103. Investigación de cumplimiento de obligaciones, procedimientos y obras en proceso
Las investigaciones se llevarán a cabo para verificar el cumplimiento de las obligaciones y procedimientos de los servidores públicos, el cumplimiento de los PÁGINA 80 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., MARTES 18 DE JULIO DE 2017. pedidos y contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública, así como de concesiones y permisos otorgados.
Cuando la investigación involucre la participación de particulares deberá observarse lo dispuesto en la Ley de Actos y Procedimientos Administrativos del Estado de Yucatán. Cuando las investigaciones se relacionen con el ejercicio de recursos federales, las autoridades investigadoras deberán observar lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.