Artículo 22. Coadyuvancia de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción con Entes Públicos del Estado.
La Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción, coadyuvará con las áreas de las Contralorías del Estado y del Poder Judicial y los Órganos de Control de la propia Contraloría del Estado, en los Municipios y en los Organismos Autónomos para que estas den cumplimiento a las obligaciones previstas en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, así como las bases, principios y lineamientos que apruebe el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, relacionadas con el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, a través de la Plataforma digital nacional.