Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Yucatán · Yucatán

Artículo 27

TÍTULO SEGUNDO MECANISMOS DE PREVENCIÓN E INSTRUMENTOS DE RENDICIÓN DE · CAPÍTULO III De los instrumentos de rendición de cuentas

Artículo 27. Verificación de veracidad de declaraciones patrimoniales y de intereses

La Contraloría del Estado, la Contraloría del Poder Judicial y los Órganos de Control en los Municipios y en los Órganos Autónomos, según sea el caso, deberán realizar una verificación aleatoria de las declaraciones patrimoniales que obren en el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, así como de la evolución del patrimonio de los servidores públicos de su ámbito de competencia. De no existir ninguna anomalía expedirán la certificación correspondiente, la cual se anotará en dicho sistema. En caso contrario, iniciarán la investigación que corresponda. PÁGINA 50 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., MARTES 18 DE JULIO DE 2017. Sección Segunda De los sujetos obligados a presentar declaración patrimonial y de interés

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: anticorrupcion.yucatan.gob.mx.

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