Artículo 39. Investigación por probable ocultamiento de conflicto de interés o enriquecimiento oculto
En los casos en que la declaración de situación patrimonial del Declarante refleje un probable incremento en su patrimonio que no sea explicable o justificable en virtud de su remuneración como servidor público o existan elementos para determinar un probable ocultamiento de conflicto de interés, la Auditoría Superior del Estado para el caso de servidores públicos municipales, las Contralorías del Estado y del Poder Judicial y los Órganos de Control de la propia Contraloría del Estado y en los Organismos Autónomos, llevarán la investigación por enriquecimiento oculto u ocultamiento de conflicto de interés y citarán personalmente al servidor público, haciéndole saber los hechos que motiven la investigación, señalándole las incongruencias detectadas respecto de los bienes que integran su patrimonio o los elementos del posible ocultamiento, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la recepción del citatorio, formule ante la Autoridad investigadora las aclaraciones pertinentes.
Cuando el servidor público o la persona con quien se entienda la notificación se negaren a firmar de recibido, el notificador hará constar dicha circunstancia en un acta que levantará ante dos testigos, sin que ello afecte el valor probatorio que en su caso posea este documento. Si derivado de la comparecencia del servidor público investigado, se encontrare que no se cuenta con elementos suficientes para determinar el probable ocultamiento de conflicto de interés o enriquecimiento oculto, la autoridad investigadora, de estimarlo procedente, podrá acordar la práctica de nuevas diligencias durante 30 días hábiles adicionales. Transcurrido este término, la autoridad investigadora tendrá 30 días hábiles para determinar si existen elementos para determinar la existencia de un probable ocultamiento de conflicto de interés o si el servidor público no justificó el enriquecimiento oculto por el cual se inició la investigación. MÉRIDA, YUC., MARTES 18 DE JULIO DE 2017. DIARIO OFICIAL PÁGINA 55