Ley del Registro Civil del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 126

TÍTULO CUARTO DE LAS ACTAS DEL REGISTRO CIVIL · CAPÍTULO VII De las Actas de Defunción; y Actuaciones Relativas

ARTÍCULO 126 . En los registros de nacimiento y matrimonio se hará referencia al acta de defunción, expresándose los folios en que consta ésta.

Sección Segunda

Actuaciones Relativas a las Actas de Defunción

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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