Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 1

TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1º . Esta Ley es de orden público, interés social y de observancia general en el territorio del Estado de San Luis Potosí; y tiene por objeto:

I. Regular la distribución de competencias en materia de seguridad pública que efectúen el Gobierno Estatal y los municipios;

II. Fijar las bases de coordinación del Gobierno Estatal y los municipios con la Federación, otras entidades federativas y sus municipios;

III. Integrar el Sistema Estatal de Seguridad Pública, que contribuirá con el Sistema Nacional de Seguridad Pública, y

IV. Establecer las bases mínimas a que estarán sujetas las instituciones de seguridad pública estatal y municipal.

(REFORMADO, P.O. 15 DE MARZO DE 2017)

(REFORMADO, P.O. 24 DE MAYO DE 2018)

(REFORMADO, P.O. 20 DE AGOSTO DE 2018)

(REFORMADO, P.O. 13 DE MAYO DE 2022)

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de abril de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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