Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 9

TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 9°. En la aplicación de la presente Ley se tomará en cuenta los usos y costumbres de las comunidades indígenas del Estado.

En los municipios con comunidades indígenas, las autoridades procurarán incluir dentro de sus elementos, a personas que dominen su idioma y conozcan sus costumbres. 8

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de abril de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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