Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 207

TÍTULO OCTAVO MEDIDAS DE APREMIO Y SANCIONES

ARTÍCULO 207. En contra de la resolución al procedimiento sancionatorio procede el juicio de nulidad ante el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, sólo para los efectos de lo resuelto y las sanciones impuestas en el procedimiento sancionatorio de este Capítulo.

Lo anterior, sin perjuicio de que las resoluciones de los recursos de revisión de la CEGAIP son vinculatorias, definitivas e inatacables para los sujetos obligados y su cumplimiento es independiente del procedimiento descrito en este Capítulo.

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.