Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 4.319

TITULO OCTAVO De la Tutela y Curatela · CAPITULO XII De las Cuentas de la Tutela

Artículo 4.319.- El tutor que sea sustituido, o su sucesión, rendirá cuentas al nuevo tutor.

Cancelación de la garantía por aprobación de cuentas

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.