Artículo 5.217.- Las servidumbres continuas y aparentes se adquieren por cualquier título legal, incluso la usucapión.
Forma de adquirir servidumbres no continuas aparentes
TITULO SEXTO De las Servidumbres · CAPITULO VI De las Servidumbres Voluntarias
Artículo 5.217.- Las servidumbres continuas y aparentes se adquieren por cualquier título legal, incluso la usucapión.
Forma de adquirir servidumbres no continuas aparentes
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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