Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 5.24

TITULO SEGUNDO Clasificación de los Bienes · CAPITULO IV De los Bienes Mostrencos

Artículo 5.24.- Son bienes vacantes los inmuebles que no tienen dueño cierto y conocido.

Denuncia de existencia de bien vacante

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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