Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 6.138

TITULO TERCERO De la Forma de los Testamentos · CAPITULO III Del Testamento Público Simplificado

Artículo 6.138.- Si hubiere pluralidad de adquirentes o cuando el testador esté casado bajo el régimen de sociedad conyugal, cada uno podrá otorgar su testamento en el mismo instrumento. En los supuestos a que se refiere este artículo no se aplicará la prohibición de que dos o más personas testen en un mismo acto.

Legatarios en testamento público simplificado

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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