Artículo 6.139.- Los legatarios podrán reclamar la entrega del inmueble, y no les serán aplicables las disposiciones en contrario.
Sustanciación de la sucesión por testamento público simplificado
TITULO TERCERO De la Forma de los Testamentos · CAPITULO III Del Testamento Público Simplificado
Artículo 6.139.- Los legatarios podrán reclamar la entrega del inmueble, y no les serán aplicables las disposiciones en contrario.
Sustanciación de la sucesión por testamento público simplificado
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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